EL AHORRO ENERGETICO EN EL HOGAR Y EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS TERMINADOS.

Ya hace años que se inicio la concienciación de que en nuestro hogar, oficinas y edificios en general, debemos ahorrar energía, ya que esto repercute directamente en nuestros bolsillo y en la emisión del CO2.

Mollet_BiohabitabilidadUn 70% de la electricidad es generada mediante los recursos no renovables, nuestro consumo básico de la misma se divide en los siguientes porcentajes:

  1. 43% en la calefacción.
  2. 12% en calentar en agua sanitaria.
  3. 11% en el sistema de alumbrado.
  4. 9%  en los equipos electrónicos y ordenadores.
  5. 8%  en la refrigeración.
  6. 9% en los electrodomésticos.
  7. 8% en varios.

Según estos datos estadísticos, el 51% de nuestro consumo energético se utiliza para la calefacción y la refrigeración de nuestros hogares y/o edificios, por lo que tras trasponer la directiva EU, el pasado 1 de Junio del 2013 entró en vigor en España el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios existentes.

A partir de esta fecha, y tal como establece el RD 235/2013, es obligatorio informar de forma objetiva a los compradores o usuarios de edificios la eficiencia energética del mismo, con el fin de que los propietarios o arrendatarios puedan contar con dicha información para comparar y evaluar su eficiencia energética y de lo que ella se deriva.

sello_cEnergetica04La forma objetiva para informar sobre la eficiencia energética de un edificio o parte de él se debe concretar en un informe técnico llamado Certificado de Eficiencia Energética de Edificios Existentes.

El Certificado de Eficiencia Energética de un inmueble proporciona información básica y valores de referencia objetivos y cuantificados, por tanto comparables, con el que poder conocer las emisiones de CO2, en kgCO2/m2 año, y el consumo de energía primaria en calefacción, agua caliente sanitaria, refrigeración e iluminación expresado en kWh/m2 año.

El procedimiento para la realización de los Certificado de Eficiencia Energética está regulado en el propio RD 235/2013, en el que se establece el Procedimiento básico que debe cumplir la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, considerando aquellos factores que más incidencia tienen en su consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los edificios. De esta forma, bajo un mismo procedimiento y operativa los datos obtenidos de la inspección de los edificios y análisis posterior pueden ser fácilmente comparables y objeto de análisis de forma objetiva.

Los valores obtenidos en la Calificación Energética obtenida a través del Certificado se ha regulado en todo el territorio nacional en forma de una Etiqueta de Calificación Energética del Edificio Terminado.

Esta etiqueta, similar a las que aparecen en los electrodomésticos, identifica el inmueble calificado, con la dirección y referencia catastral, y los valores de emisiones y consumo de energía primaria indicados en el Certificado.

Las etiquetas cuentan con un número de registro y una fecha de validez. El número de registro lo otorga la Comunidad Autónoma en la que está ubicado el inmueble a través de los diferentes Institutos de Energía e Industria, y la fecha de validez es de 10 años a partir de la tramitación del expediente a los diferentes organismos.

Informe Certificado EnergeticoUna vez transcurridos 10 años, será nuevamente obligatorio realizar una nueva Calificación Energética del edificio para su posterior venta o alquiler.

Resulta recomendable realizar una revisión de la Calificación en el caso de obras de mejora de los cerramientos del edificio, dado que pueden reducirse las emisiones de CO2 y el consumo de energía y el Certificado puede recoger los nuevos valores.

De forma paralela, el IDAE, Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energia, ha desarrollado un software destinado al cálculo de las emisiones de CO2 y consumo de energía primaria. El programa CE3X, de descarga gratuita desde la página web del Ministerio de Energía, Industria y Turismo, www.minetur.gob.es, permite evaluar energéticamente los edificios existentes.

Para poder realizar un informe de Calificación Energética son necesarios conocimientos técnicos de construcción e instalaciones de edificios, así como de la evolución de las técnicas constructivas y materiales utilizados en las diferentes etapas y cambios normativos.

Cuando mayor es el conocimiento de la técnica y materiales de construcción de un edificio mayor es la precisión del informe y más apropiados pueden ser los aspectos de mejora energética a considerar y proponer al propietario del inmueble.

En la elaboración de un informe de Calificación se tienen en consideración los aspectos más relevantes de época constructiva del edificio, la localización, las técnicas constructivas y las instalaciones del edificio.

El conocimiento de la fecha exacta en la que se construyó el edificio proporciona al técnico información referente a técnicas constructivas, materiales utilizados y normativa técnica vigente por la que se tuvo que regir el proyecto constructivo.

La localización y orientación exacta del edificio así como el conocimiento del entorno permiten conocer las condiciones climatológicas a la que el edificio está expuesto, así como la influencia que sobre los cerramientos del mismo tienen otros edificios, en especial los edificios anexos y los que pueden afectar a la exposición directa de los rayos del sol en los cerramientos exteriores.

En la inspección del edificio a certificar es necesario obtener la mayor información posible de la envolvente del mismo y las instalaciones con las que cuenta. Se deben inspeccionar las fachadas, particiones interiores, medianerías, cubiertas y suelos. Se deberá establecer la composición de los mismos, espesores, materiales y conocer los posibles puentes térmicos que la envolvente pueda tener.

PROGRAMA 01A su vez, también se debe conocer el tipo de instalación de refrigeración, calefacción y sistema de producción de agua caliente sanitaria con el que cuenta el edificio, así como la fuente de energía con el que se abastece cada uno de las instalaciones.

Con los datos indicados anteriormente se podría realizar el Informe de Calificación Energética y la obtención posterior de la Etiqueta de Calificación, pero dicho informe debe ir acompañado de una serie de Recomendaciones de Mejora de la Eficiencia Energética así como de las pruebas y comprobaciones realizadas por el técnico certificador.Las Recomendaciones de Mejora las propone el técnico bajo su criterio y según sus conocimientos.

El informe puede contener hasta 3 conjuntos de mejoras, agrupadas en 4 categorías, cerramientos, instalaciones, puentes térmicos y huecos.

Cada mejora se evalúa técnicamente y proporciona el dato de cómo afecta al conjunto del edificio. El valor de la mejora se puede estimar para conocer un periodo de retorno de la inversión realizada.

En el último anexo, pruebas y comprobaciones realizadas, se consideran aquellas pruebas que el técnico certificador ha realizado durante la visita al inmueble, así como anotar los consumos reales de energía que tiene el edificio en uso y las pruebas que otros agentes de la construcción o instalación hayan realizado recientemente y aporten información relevante.

Los certificados y sus correspondientes etiquetas son de gran utilidad a la administración pública, dado que en los próximos años se podrá obtener una evaluación real del consumo energético de los edificios de cada comunidad.

Óscar Sotos García

Arq. Técnico / Ingeniero de Edificación

Técnico Certificador de Eficiencia Energética

osotos@hotmail.es

Tel.: +34 659.291.200

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1 comentario to “EL AHORRO ENERGETICO EN EL HOGAR Y EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS TERMINADOS.”

  1. La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética (Certificado Energético). Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

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